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TJUE respalda a Schrems: Meta deberá limitar uso de datos personales

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El Tribunal de Justicia de la UE falla a favor del activista Max Schrems contra Meta, exigiendo la minimización de datos. Esta decisión podría restringir significativamente el uso de información personal para publicidad dirigida.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia favorable al activista austriaco Max Schrems en su prolongada batalla legal contra Meta, la empresa matriz de Facebook. Esta decisión podría tener importantes repercusiones en la forma en que las grandes empresas tecnológicas utilizan los datos personales para la publicidad dirigida.

El caso se remonta a 2014, cuando Schrems, nacido en 1987 y conocido por su defensa de la privacidad digital, denunció que Facebook había recopilado información sobre su orientación sexual sin su consentimiento explícito. Este incidente dio inicio a un proceso legal que ha durado una década, culminando en la reciente sentencia del TJUE.

La corte, establecida en 1952 y con sede en Luxemburgo, ha determinado que Meta ha violado uno de los principios fundamentales del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), vigente desde mayo de 2018. Específicamente, el tribunal señala que la empresa no ha cumplido con el principio de "minimización de datos", al almacenar información de los usuarios de forma indefinida.

"Básicamente, Meta lleva construyendo un gran lago de datos de usuarios durante 20 años y crece cada día. La ley requiere 'minimización de datos'. Siguiendo este fallo, Meta solo debería poder usar para sus anuncios una pequeña parte de estos datos"

Katharina Raabe-Stuppnig, abogada de Schrems

Esta decisión es particularmente significativa considerando que la publicidad dirigida representa más del 98% de los ingresos de Facebook, que cuenta con más de 2.700 millones de usuarios activos mensuales a nivel mundial. El GDPR, que se aplica a todas las empresas que procesan datos de ciudadanos de la UE, establece multas de hasta el 4% de los ingresos globales anuales por incumplimiento.

La organización sin fines de lucro Noyb (None of Your Business), fundada por Schrems en 2017, ha celebrado esta resolución. Es importante destacar que este no es el primer éxito legal de Schrems contra las grandes tecnológicas. En 2020, el caso "Schrems II" resultó en la invalidación del acuerdo de transferencia de datos entre la UE y EE.UU.

La sentencia del TJUE subraya la posición de la UE como pionera en la regulación de la privacidad digital a nivel mundial. Desde la introducción del "derecho al olvido" en 2014 hasta la implementación del GDPR, que incluye el derecho a la portabilidad de datos, la Unión Europea ha establecido estándares cada vez más estrictos para la protección de la información personal.

Esta decisión podría obligar a Meta y otras empresas tecnológicas a reevaluar sus prácticas de recopilación y uso de datos. Aunque los expertos aún están analizando el alcance completo de la sentencia, es evidente que representa un desafío significativo para el modelo de negocio actual de las plataformas de redes sociales basado en la publicidad personalizada.

El Comité Europeo de Protección de Datos, establecido como parte del GDPR, probablemente desempeñará un papel crucial en la supervisión de la implementación de esta sentencia en toda la UE. Mientras tanto, los usuarios de redes sociales en Europa pueden esperar cambios en la forma en que se manejan sus datos personales en el futuro cercano.

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